Límite de pagos en efectivo en España
Si en la operación alguna de las partes actúa como empresario o profesional, no puede pagarse en efectivo un importe igual o superior a 1.000 €. La excepción principal eleva el umbral a 10.000 € cuando el pagador es una persona física que acredita no tener domicilio fiscal en España y no actúa como empresario o profesional.
Resumen
| Empresa/profesional en la operación | Prohibido desde 1.000 € inclusive |
|---|---|
| Pagador particular sin domicilio fiscal en España | Prohibido desde 10.000 € inclusive, si no actúa profesionalmente |
| Ingreso en una entidad de crédito | Esta limitación no se aplica |
No sirve fraccionar el pago
La Ley 7/2012 indica que, para calcular si se alcanza el límite, se suman los importes de todas las operaciones o pagos en los que se haya podido fraccionar una misma entrega de bienes o prestación de servicios. Dividir una factura o compra en varios pagos no convierte en lícito un pago en efectivo que supera el umbral aplicable.
Qué conviene conservar
Cuando una operación no puede pagarse en efectivo, los intervinientes deben conservar durante cinco años los justificantes del pago realizado por otro medio para acreditar que se respetó la limitación.
Para una compra relevante, utiliza transferencia, tarjeta u otro medio trazable y guarda factura, contrato y justificante de pago juntos.
Ingresar efectivo en el banco es otra cuestión
El límite de 1.000 € regula determinados pagos entre partes. El Banco de España aclara que esta limitación no se aplica a pagos e ingresos realizados en entidades de crédito o de pago. Un ingreso bancario puede estar sujeto a controles de origen de fondos y obligaciones informativas distintas.
Consulta la guía específica para ingresar efectivo en una cuenta.