¿Cuánto dinero puedo donar a un hijo?
No existe un máximo general único que impida donar a partir de una cifra concreta. Lo que cambia es la tributación y la documentación necesaria. En una donación entre personas físicas, el hijo que recibe el dinero es el contribuyente del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Antes de transferir
- Define claramente que se trata de una donación y su importe.
- Comprueba qué administración y normativa resultan aplicables.
- Revisa bonificaciones y requisitos formales antes de ejecutar la operación.
- Conserva documento, transferencia y autoliquidación.
Quién tributa por la donación
El artículo 5 de la Ley 29/1987 establece que, en las donaciones y demás transmisiones lucrativas inter vivos, el sujeto pasivo a título de contribuyente es el donatario o favorecido. Si un padre dona dinero a un hijo, el contribuyente es el hijo que recibe.
La cuantía final no puede resumirse con un porcentaje nacional único. La normativa aplicable, posibles reducciones o bonificaciones y requisitos formales dependen del caso y, con frecuencia, de la comunidad autónoma que corresponda según los puntos de conexión.
Fuente: BOE — Ley 29/1987 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Qué documentación conviene preparar
- Documento que identifique a donante y donatario, importe y fecha.
- Transferencia bancaria con concepto claro que permita vincular el movimiento con la donación.
- Autoliquidación y justificante de presentación del impuesto que corresponda.
- Documentación adicional exigida para aplicar una reducción o bonificación concreta.
Si la donación se destina a vivienda, emprendimiento u otro supuesto con beneficios fiscales específicos, revisa los requisitos antes de transferir: una formalidad o plazo puede afectar al beneficio aplicable.
Qué administración gestiona el impuesto
La gestión del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones está cedida a las comunidades autónomas de régimen común en muchos supuestos, pero existen casos —por ejemplo, determinadas situaciones de no residentes o bienes en el extranjero— en los que interviene la Agencia Tributaria. AEAT publica los criterios de delimitación y utiliza el modelo 651 para adquisiciones inter vivos en los casos de su competencia.
Fuente: Agencia Tributaria — Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Donación y préstamo familiar no son lo mismo
Si existe una obligación real de devolver el dinero, la operación no debe documentarse como donación. Un préstamo familiar debe reflejar importe, condiciones y devolución de forma coherente con lo realmente pactado. No elijas una figura jurídica solo por su resultado fiscal: documenta la operación que de verdad estás realizando.